II.T.148 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DOCUMENTOS. CUÁNDO ES ILEGAL ESTIMARLOS OBJETADOS EN TÉRMINOS GENERALES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Mayo de 2000; Pág. 930
Al tenor de lo establecido en el artículo
811 de la Ley Federal del Trabajo
, cuando se objeta la autenticidad de algún documento, en su contenido, firma o huella digital, las partes podrán ofrecer pruebas en torno a las impugnaciones. Ahora bien, si se controvierte la documental, sustentando únicamente que no es genuina, proponiendo evidencias conforme a lo regulado en dicho precepto, debe estimarse combatida en cuanto a su ilegitimidad de "contenido y firma", porque así se desprende de lo alegado y de la interpretación del propio dispositivo, en cuya virtud, es indebido considerarla refutada en términos genéricos.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 722/99. Eva Sandoval Rojas. 27 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Willy Earl Vega Ramírez.