Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/191922
III.2o.C.36 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
191922
Clave de tesis
III.2o.C.36 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Mayo de 2000; Pág. 929

DIVORCIO. NO ES UN DERECHO U OBLIGACIÓN DERIVADO DEL MATRIMONIO POR LO QUE, AUN CUANDO ÉSTE SE HUBIERA CELEBRADO BAJO LA VIGENCIA DE UNA LEY ABROGADA, SE PUEDEN INVOCAR EN LA DEMANDA, CAUSALES PREVISTAS EN LA LEGISLACIÓN EN VIGOR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Mayo de 2000; Pág. 929

Precedentes

Amparo directo 718/99. Miguel Ángel Hernández Mercado. 10 de septiembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Domínguez. Secretario: Héctor Martínez Flores. Amparo directo 2528/99. Liliana Arriaga Rodríguez y coag. 11 de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Alcaraz Núñez. Secretaria: Jacqueline Brockman Cochrane.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia civil

Registro digital (IUS): 191922