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II.1o.P.73 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

PENA, BENEFICIO DE LA REDUCCIÓN DE LA. LA NEGATIVA DEL ACUSADO A CAREARSE CON SUS ACUSADORES ES UN DERECHO CONSTITUCIONAL QUE NO DEBE INFLUIR EN EL OTORGAMIENTO DE ESE BENEFICIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Enero de 2000; Pág. 1028

Precedentes

Amparo directo 57/99. 16 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Pérez de la Fuente. Secretario: Bernardino Carmona León.