XIV.2o. J/24 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Civil
PODER OTORGADO POR UNA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO. REQUISITOS.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Noviembre de 1999; Pág. 919
Conforme a lo dispuesto por el artículo
90 segundo párrafo, de la Ley de Instituciones de Crédito
, los poderes para pleitos y cobranzas que otorguen las instituciones de crédito no requerirán otras inserciones que las relativas al acuerdo del consejo de administración o del consejo directivo, según corresponda, que haya autorizado su otorgamiento, a las facultades que en estatutos sociales o en sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos orgánicos se concedan al consejo y la comprobación del nombramiento de consejeros. Por tal razón, no es indispensable que en el poder que otorgue una persona con facultades expresas para sustituir total o parcialmente el poder conferido, se deba insertar un acuerdo del consejo directivo en forma específica para cada uno de los apoderados, pues basta que quien otorga poder a otro, para representar a la propia institución, justifique el carácter con el que lo otorga y que tiene facultades expresas para sustituir total o parcialmente el poder conferido.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 453/98. Gualberto Lenin Zapata Escalante y otra. 19 de febrero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Paulino López Millán. Secretario: Luis Armando Coaña y Polanco.
Amparo en revisión 458/98. Neguiby Medina Pérez y otro. 4 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo V. Monroy Gómez. Secretaria: Maricela Bustos Jiménez.
Amparo directo 826/98. Galo Germán Carrillo González y otros. 10 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Paulino López Millán. Secretario: Miguel Ángel Servín Maldonado.
Amparo directo 798/98. Chafic Xacur Matu y coags. 17 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Raquel Aldama Vega. Secretaria: Mirza E. Be Herrera.
Amparo directo 75/99. José Mario Sánchez de Castro y otros. 19 de agosto de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Raquel Aldama Vega. Secretario: Luis Armando Coaña y Polanco.