III.2o.C.26 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ADMINISTRADORES DE UNA SOCIEDAD, LA ACCIÓN EN CONTRA DE LOS, PUEDE SER ESTUDIADA DE OFICIO POR LA SALA RESPONSABLE, POR TRATARSE DE LEGITIMACIÓN ACTIVA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1232
Por regla general los presupuestos de la acción deben ser examinados por el Juez de primer grado, pero cuando éste no lo hace, por excepción, es factible que lo haga el ad quem, por lo tanto, la acción que se ejerza en contra de los administradores de sociedades, puede ser estudiada de oficio por la Sala, ya que se está en el caso de una legitimación activa, pues de estimar fundados los agravios, asume la jurisdicción del Juez de primera instancia y debe cumplir con los principios de congruencia y exhaustividad, que obligan a los Jueces y tribunales a analizar todos los puntos litigiosos y los presupuestos de la acción.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 149/99. Promociones y Urbanizaciones de Occidente, S.A. 7 de mayo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Armando Márquez Álvarez.