VI.A.11 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
FIANZA. EL REQUERIMIENTO DE PAGO SIN FUNDAR Y MOTIVAR LA COMPETENCIA TERRITORIAL, LLEVA A LA NULIDAD PARA EFECTOS Y NO LISA Y LLANA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Septiembre de 1999; Pág. 803
La resolución mediante la cual la autoridad formule requerimiento de pago deducido de una póliza de fianza, debe contener los preceptos legales en los que funde y motive la competencia territorial, ya que de no hacerlo se actualiza la causal de ilegalidad por omisión de requisitos formales, y ocasiona la nulidad para efectos y no en forma lisa y llana, de conformidad con los artículos
238, fracción II y 239, fracción III, último párrafo, del Código Fiscal de la Federación
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TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 47/99. Fianzas Banpaís, S.A. 30 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretario: Alfredo Pedraza Arteaga.