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IX.1o.31 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

ENTIDADES PÚBLICAS. ES IMPROCEDENTE EL AMPARO QUE PROMUEVAN CONTRA RESOLUCIONES EN QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE SUS ACTOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Junio de 1999; Pág. 947

Precedentes

Amparo directo 495/97. Presidente, Director de Obras Públicas y Primer Síndico del H. Ayuntamiento Municipal de San Luis Potosí. 21 de noviembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos L. Chowell Zepeda. Secretario: Juan Castillo Duque. Amparo directo 66/99. Jefe del Departamento de Ejecución Fiscal Municipal, del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí. 5 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: José Luis Solórzano Zavala.