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P. XLIV/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
Registro digital (IUS)
193909
Clave de tesis
P. XLIV/99
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 23

MERCANCÍA EXTRANJERA. SU PÉRDIDA EN FAVOR DEL FISCO FEDERAL POR NO HABERSE ACREDITADO SU LEGAL ESTANCIA EN EL PAÍS, PREVISTA EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY ADUANERA VIGENTE AL INICIAR 1996, NO TIENE CARÁCTER DE MULTA Y, POR ENDE, SU DESTINO NO LO ES LA CONSTITUCIÓN DE FONDOS DE ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS PARA EL PERSONAL ADUANERO.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 148/98. Juan Antonio Treviño Valdez. 6 de abril de 1999. Unanimidad de diez votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el cuatro de mayo en curso, aprobó, con el número XLIV/1999, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a cuatro de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

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