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VI.2o. J/163 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO LABORAL. NO SE REQUIERE ACOMPAÑAR LOS ESTUDIOS TÉCNICOS QUE SIRVIERON PARA RENDIRLA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Febrero de 1999; Pág. 422

Precedentes

Amparo directo 127/98. Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Estatal en Puebla. 26 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo directo 771/98. Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Estatal en Puebla. 12 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo directo 818/98. Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Estatal en Puebla. 27 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Alfonso Gazca Cossío. Amparo directo 892/98. Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Estatal en Puebla. 14 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo directo 760/98. Juan González Flores. 21 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Enrique Baigts Muñoz. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, marzo de 1998, página 694, tesis IV.3o. J/35, de rubro: " PERITOS MÉDICOS. ES INNECESARIO QUE ACOMPAÑEN DOCUMENTOS A SUS DICTÁMENES. ". Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de abril de 2000, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 1/2000 en que participó el presente criterio.

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