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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de febrero de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 267/2007-SS en que participó el presente criterio.

VIII.1o.18 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
195130
Clave de tesis
VIII.1o.18 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 586

VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO AL. LA TASA 0%, CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 29, FRACCIÓN IV, INCISO B) DE LA LEY DE LA MATERIA, ES APLICABLE CUANDO LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A MAQUILADORAS, FORMEN PARTE DEL PROCESO PRODUCTIVO DE BIENES Y SERVICIOS ELABORADOS POR ÉSTAS, DESTINADOS A LA EXPORTACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 586

Precedentes

Revisión fiscal 78/98. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 23 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Gilberto Serna Licerio. Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de febrero de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 267/2007-SS en que participó el presente criterio.

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