II.T.42 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LOS BENEFICIOS Y PRERROGATIVAS CONCEDIDOS POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ESTÁN LIMITADOS POR SU LEY BUROCRÁTICA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Octubre de 1998; Pág. 1221
Las disposiciones contenidas en el artículo 8o. transitorio del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, de los Municipios y de los Organismos Coordinados y Descentralizados de Carácter Estatal, referente a que todas las prerrogativas de la Ley Federal del Trabajo, a favor de los trabajadores, se entenderán concedidas a los trabajadores al servicio del Estado, debe entenderse respecto de aquellas prestaciones o beneficios no modificados o sustituidos por el estatuto, como expresamente lo establece la Ley Federal del Trabajo, pero no al grado de crear acciones no estatuidas en la legislación burocrática.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 697/98. Moisés Octavio Reyes Morales. 27 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.