I.1o.A. J/4 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común
DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS. CAUSA DE IMPROCEDENCIA MANIFIESTA E INDUDABLE.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Mayo de 1998; Pág. 890
De conformidad con el artículo
145 de la Ley de Amparo
, el Juez de Distrito está obligado a examinar el escrito de demanda y si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia la desechará de plano. Lo manifiesto se da cuando el motivo de improcedencia se advierte en forma patente y absolutamente clara de la lectura del libelo, de los escritos aclaratorios o de ampliación (cuando los haya) y de los documentos que se anexen a tales promociones; lo indudable resulta de que se tenga la certidumbre y plena convicción de que la causa de improcedencia de que se trate es operante en el caso concreto, de tal modo que aun cuando se admitiera la demanda y se sustanciara el procedimiento no resultara factible formarse una convicción diversa, independientemente de los elementos que eventualmente pudieran allegar las partes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión (improcedencia) 161/93. José Rojas Martínez. 12 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Hugo Guzmán López.
Amparo en revisión (improcedencia) 1281/97. Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 9 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Reza Saldaña. Secretario: Francisco José Alvarado Díaz.
Queja 621/97. Vicepresidente Jurídico de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 19 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Hugo Guzmán López.
Amparo en revisión (improcedencia) 3641/97. Eduardo Ramírez Martínez. 9 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Hugo Guzmán López.
Amparo en revisión (improcedencia) 31/98. Ecoambiental Cuauhtémoc, S.A. de C.V. 12 de febrero de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Hugo Guzmán López.