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2a./J. 44/97 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

CUOTAS OBRERO-PATRONALES DE SEGURIDAD SOCIAL. EN LAS CÉDULAS DE LIQUIDACIÓN DEBE ESTABLECERSE CON PRECISIÓN SU IMPORTE POR CADA TRABAJADOR.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Octubre de 1997; Pág. 279

Precedentes

Contradicción de tesis 14/93. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo en Materia Administrativa del Primer Circuito y Sexto en la Materia y Circuitos señalados y Tercero del Sexto Circuito. 9 de noviembre de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Atanasio González Martínez. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Juan Carlos Cruz Razo. Tesis de jurisprudencia 44/97. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión privada de diecinueve de septiembre de mil novecientos noventa y siete, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Juan Díaz Romero, Mariano Azuela Güitrón, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Genaro David Góngora Pimentel. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Nota: En los términos de la tesis CXIII/97 que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, octubre de 1997, página 386, se corrige la jurisprudencia 553 , publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Materia Administrativa, página 401, no obstante que la misma, originalmente fue publicada durante la Octava Epoca.