Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XXI.2o.11 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN ADHESIVA EN MATERIA FISCAL, IMPROCEDENCIA DE LA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Septiembre de 1997; Pág. 727

Precedentes

Revisión fiscal 11/97. Administradora Local Jurídica de Ingresos de Acapulco, Guerrero, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y por sí misma; y Joel Radilla Patiño, Angelina Torreblanca Flores, Arquímides Domínguez Barrios y Juvenal Moreno Añorve. 12 de agosto de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Raúl Juárez Herrera. Secretaria: Griselda Guadalupe Sánchez Guzmán. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 106/2003-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 35/2004, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, abril de 2004, página 445, con el rubro: " REVISIÓN FISCAL. NO LE ES APLICABLE EL ARTÍCULO 83, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO, QUE PREVÉ LA REVISIÓN ADHESIVA ."

→ Más tesis en materia administrativa