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II.2o.P.A.46 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

QUEJA POR EXCESO O DEFECTO, PROCEDENCIA DE LA, CUANDO LA PROMUEVEN LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 794

Precedentes

Queja 89/96. Presidente Municipal de Chimalhuacán, en el Estado de México y otras. 31 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretario: José Nieves Luna Castro. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 62/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 105/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, septiembre de 2005, página 465, con el rubro: " QUEJA POR EXCESO O DEFECTO EN LA EJECUCIÓN DE UNA SENTENCIA DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE LA PROMOVIDA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE CONTRA EL REQUERIMIENTO DE SU CUMPLIMIENTO ."

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