VI.2o.72 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DEMANDA LABORAL, LA ACLARACION DE LA CATEGORIA DESEMPEÑADA POR EL ACTOR NO CONSTITUYE MODIFICACION SUSTANCIAL DE LA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Enero de 1997; Pág. 455
Es inexacto estimar que la aclaración de la categoría laboral desempeñada por el actor, cuando es realizada en el momento de la presentación de la demanda, constituya una modificación sustancial de la misma y que justifique la suspensión de la audiencia prevista en el artículo
877 de la Ley Federal del Trabajo
, pues dicha aclaración no causa indefensión al patrón demandado para producir su contestación y ofrecer las pruebas que estime pertinentes, máxime si el actor reclamó el despido injustificado, precedido de una investigación administrativa, por lo que resulta intrascendente para la litis planteada la aludida categoría del trabajador.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 617/96. Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretario: Gonzalo Carrera Molina.