III.2o.A.2 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
REALEO DE GANADO. EL SOLICITANTE DE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO CONTRA LA ORDEN QUE LO AUTORIZA DEBE ACREDITAR PRESUNTIVAMENTE SUS DERECHOS DE PROPIEDAD SOBRE LOS SEMOVIENTES.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012; Tomo 5; Pág. 4589
Para cumplir con el requisito previsto en la
fracción I del artículo 124 de la Ley de Amparo
, el solicitante de la suspensión provisional contra la orden que autoriza el realeo de ganado debe acreditar presuntivamente que es titular de un derecho sustentado en una causa legal que podría afectarse con la ejecución del mandamiento de separación de los semovientes; esto es, sus derechos de propiedad sobre los animales.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 139/2011. Arturo Robles Osorio. 19 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Guillermo García Tapia.