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XXI.2o.P.A.1 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

MULTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 178, FRACCIÓN I, DE LA LEY ADUANERA. AL ESTAR ESTABLECIDA ENTRE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO ES CONSTITUCIONAL, PUES PROVEE A LA AUTORIDAD APLICADORA UNA SERIE DE COMBINACIONES CUYA INDIVIDUALIZACIÓN DEBE DETERMINAR CONFORME A LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DEL INFRACTOR FUNDADA Y MOTIVADAMENTE.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1243

Precedentes

Amparo directo 165/2011. Alfonso Solano Corona. 2 de diciembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretaria: Martha Alicia López Hernández. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia, en términos de lo previsto en el numeral 11, Capítulo Primero, Título Cuarto, del Acuerdo General Plenario 5/2003, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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