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P. XCVIII/96Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

VEHICULOS AUTOMOTORES. LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE, QUE AUTORIZAN ACTOS DE LIMITACION, SUSPENSION O RETIRO DE SU CIRCULACION, NO VIOLAN LA GARANTIA DE PREVIA AUDIENCIA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 87

Precedentes

Amparo en revisión 1113/91. Mauricio Juárez Rodríguez y otro. 29 de abril de 1996. Unanimidad de once votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el once de julio en curso, aprobó, con el número XCVIII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a once de julio de mil novecientos noventa y seis.