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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 6 de mayo de 2015, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 388/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que uno de los criterios en contradicción solamente constituye la aplicación de una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

VI.1o.A.26 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
2000811
Clave de tesis
VI.1o.A.26 A (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1929

ÍNDICES NACIONALES DE PRECIOS AL CONSUMIDOR. MODALIDADES DE LOS ACTOS IMPUGNADOS CUANDO SE PRETENDAN COMBATIR AQUÉLLOS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1929

Precedentes

Amparo directo 31/2012. Inmobiliaria Cinerest, S.A. de C.V. 11 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretario: Alejandro Andraca Carrera. Amparo directo 68/2012. Jaime Carriles Medina. 18 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Secretaria: Angélica Torres Fuentes. Nota: Por ejecutoria del 6 de mayo de 2015, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 388/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que uno de los criterios en contradicción solamente constituye la aplicación de una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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