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IX.1o.1 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

SINDICATOS. LAS IRREGULARIDADES COMETIDAS PREVIAMENTE AL REGISTRO O TOMA DE NOTA DE LA ELECCIÓN O CAMBIO DE DIRECTIVA PUEDEN RECLAMARSE A TRAVÉS DEL JUICIO ORDINARIO LABORAL, UNA VEZ QUE HA CONCLUIDO EL PROCESO DE ELECCIÓN O CAMBIO DE DIRECTIVA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 3; Pág. 2058

Precedentes

Amparo directo 957/2011. Gastón Aguilar Torres y otros. 12 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Francisco Manuel Rubín de Celis Garza. Nota: La ejecutoria relativa a la solicitud de modificación de jurisprudencia 14/2009-PL y la parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 30/200-SS citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro I, Tomo 1, octubre de 2011, página 211 y Novena Época, Tomo XII, octubre de 2000, página 837, respectivamente.