I.7o.A.3 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
QUEJA CONTRA EL AUTO QUE ADMITIÓ LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO. DEBE QUEDAR SIN MATERIA SI PREVIAMENTE SE DECLARÓ FUNDADO UN RECURSO SIMILAR EN EL QUE SE ORDENÓ DESECHAR EL ESCRITO INICIAL.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1951
Si bien es verdad que el recurso de queja procede contra el auto que admite la ampliación de la demanda de amparo, también lo es que dicho medio de defensa debe quedar sin materia si el órgano revisor previamente ordenó desechar el escrito inicial al declarar fundado un recurso similar interpuesto contra el proveído que admitió la demanda de garantías, por estimar que ésta era notoriamente improcedente, porque esa determinación implica que las posteriores actuaciones en el juicio de origen, incluyendo el acuerdo que ordenó la ampliación de demanda de amparo, en vía de consecuencia, ya no producen efecto legal alguno.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 90/2011. Desarrollo de Playa Nuevo Peñasco, S.A. de C.V. 11 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Valentín Omar González Méndez.