2a./J. 182/2012 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Laboral
TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS GOBIERNOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, SUS MUNICIPIOS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. EFECTO DEL AMPARO CONCEDIDO CONTRA LOS ARTÍCULOS 1o., 2o., 4o. Y 132, FRACCIÓN I, DEL ESTATUTO JURÍDICO RELATIVO.
[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 2; Pág. 735
La protección constitucional otorgada contra los referidos preceptos debe fijarse para el efecto de desincorporarlos de la esfera jurídica del quejoso y hacer extensivo el amparo a los actos de aplicación respectivos, con la finalidad de que el Tribunal de Arbitraje del Estado de Aguascalientes se declare incompetente para conocer del juicio laboral y remita los autos a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje respectiva para que asuma la competencia que constitucional y legalmente le corresponde.
Precedentes
Amparo en revisión 783/2011. Bertha Alicia Silva Barba. 13 de junio de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: María Enriqueta Fernández Haggar, Alejandro Manuel González García, María Dolores Igareda Diez de Sollano y Fanuel Martínez López.
Amparo en revisión 164/2012. Irma Gloria Quiroz Santoyo. 13 de junio de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: María Enriqueta Fernández Haggar, Alejandro Manuel González García, María Dolores Igareda Diez de Sollano y Fanuel Martínez López.
Amparo en revisión 365/2012. Adriana Anguiano Cardona. 24 de octubre de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: María Enriqueta Fernández Haggar, Alejandro Manuel González García, María Dolores Igareda Diez de Sollano y Fanuel Martínez López.
Amparo en revisión 372/2012. Emmanuel Alejandro Alcalá Armas. 24 de octubre de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: María Enriqueta Fernández Haggar, Alejandro Manuel González García, María Dolores Igareda Diez de Sollano y Fanuel Martínez López.
Amparo en revisión 389/2012. Hilda Liliana Ramírez García. 24 de octubre de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: María Enriqueta Fernández Haggar, Alejandro Manuel González García, María Dolores Igareda Diez de Sollano y Fanuel Martínez López.
Tesis de jurisprudencia 182/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiuno de noviembre de dos mil doce.