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P. XVIII/2013 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

MAYORÍA RELATIVA Y REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS LOCALES. LOS ARTÍCULOS 21, FRACCIÓN V, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y 259, ÚLTIMO PÁRRAFO, DEL CÓDIGO ELECTORAL, AMBOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, QUE PREVÉN COMO LÍMITE A LA SOBRERREPRESENTACIÓN EN LA INTEGRACIÓN DEL CONGRESO ESTATAL UN PORCENTAJE DE 16%, SON CONSTITUCIONALES.

[TA]; 10a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 1; Pág. 375

Precedentes

Acción de inconstitucionalidad 41/2012 y sus acumuladas 42/2012, 43/2012 y 45/2012. Partidos Políticos Nacionales de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y del Trabajo. 31 de octubre de 2012. Once votos en relación con el sentido; mayoría de siete votos en relación con las consideraciones contenidas en esta tesis; votaron en contra: Sergio A. Valls Hernández, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Juan N. Silva Meza; votó con reservas: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Laura Patricia Rojas Zamudio y Raúl Manuel Mejía Garza. El Tribunal Pleno, el catorce de febrero en curso, aprobó, con el número XVIII/2013 (10a.), la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de febrero de dos mil trece.

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