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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2003664

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 17 de mayo de 2023, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 34/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "los Órganos Colegiados de Circuito analizaron hipótesis distintas al pronunciarse en torno al momento en que surte efectos la notificación, uno en el caso de la promoción del juicio de amparo y el otro en la interposición del amparo adhesivo, lo que justifica las conclusiones diferentes de cada uno, con base en el precepto aplicable al caso particular y conforme a la regulación vigente."

VI.3o.A.2 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2003664
Clave de tesis
VI.3o.A.2 K (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 1912

NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO. LAS PRACTICADAS A LAS AUTORIDADES QUE SE OSTENTAN COMO QUEJOSAS SURTEN SUS EFECTOS EL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE LLEVAN A CABO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 1912

Precedentes

Reclamación 10/2012. Secretaría de la Reforma Agraria, a través del Director Jurídico Contencioso, en ausencia del titular de la Jefatura de Unidad de Asuntos Jurídicos y del Director General Adjunto "B". 31 de enero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Rojas Fonseca. Secretario: Raúl Andrade Osorio. Nota: Por ejecutoria del 17 de mayo de 2023, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 34/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "los Órganos Colegiados de Circuito analizaron hipótesis distintas al pronunciarse en torno al momento en que surte efectos la notificación, uno en el caso de la promoción del juicio de amparo y el otro en la interposición del amparo adhesivo, lo que justifica las conclusiones diferentes de cada uno, con base en el precepto aplicable al caso particular y conforme a la regulación vigente."

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Registro digital (IUS): 2003664