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I.4o.A.38 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO QUE IMPONE UNA MULTA A LA AUTORIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE AMPARO. SURTE EFECTOS DESDE EL MOMENTO EN QUE SE EFECTÚA A LA PERSONA FÍSICA TITULAR DEL ENTE PÚBLICO RESPONSABLE.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 53, Abril de 2018; Tomo III; Pág. 2259

Precedentes

Recurso de reclamación 28/2017. Director General de Administración de Personal de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. 15 de febrero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Arturo Medel García. Secretario: Elías Elías Brown Guerrero. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 142/2017 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 8 de diciembre de 2017 a las 10:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 49, Tomo I, diciembre de 2017, página 775. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 225/2023 del índice del Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que derivado del Acuerdo General 38/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica la denominación de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur; y que reforma diversas disposiciones relativas a su semiespecialización, competencia y domicilio, cambió su denominación y competencia a Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, el que por ejecutoria del 11 de julio de 2024 determinó que sí existe contradicción, de la que derivó la tesis de jurisprudencia PR.A.C.CN. J/4 K (11a.), de rubro: "NOTIFICACIÓN DEL AUTO POR EL QUE SE IMPONE UNA MULTA A UNA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA POR INCUMPLIMIENTO A UNA SENTENCIA DE AMPARO. SURTE EFECTOS DESDE QUE QUEDA LEGALMENTE HECHA."

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