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II.3o.C.8 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO. LA ACCIÓN RESPECTIVA ES IMPRESCRIPTIBLE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 2003

Precedentes

Amparo directo 71/2013. María de los Ángeles Tafoya Vargas y/o Ma. de los Ángeles Tafoya Vargas. 21 de febrero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretario: Ángel Salvador Báez Chávez.

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