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I.7o.A. J/3 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXV, Octubre de 2013; Tomo 3; Pág. 1693

Precedentes

Revisión fiscal 787/2000. Titular del Órgano de Control Interno en la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, por sí y en representación del Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo. 13 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Morales Contreras. Revisión fiscal 316/2006. Director General Contencioso y representante legal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica. 10 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretario: Luis Huerta Martínez . Revisión fiscal 114/2013. Directora Jurídica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en representación de la autoridad demandada del mismo instituto. 24 de abril de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretaria: Aurora del Carmen Muñoz García. Revisión fiscal 148/2013. Administrador Local Jurídico del Oriente del Distrito Federal, en representación del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, de la autoridad demandada y del Secretario de Hacienda y Crédito Público. 2 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Juan Daniel Torres Arreola. Revisión fiscal 298/2013. Subdirector de lo Contencioso, en suplencia por ausencia del titular de la Dirección Jurídica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de agosto de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Guillermo Miguel Torres Sánchez. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 21/2016 del Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.I.A J/87 A (10a.) de título y subtítulo: " RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO CONTRA LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. PROCEDE, SIEMPRE QUE SE CUMPLAN LOS REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD, AUN CUANDO LA SENTENCIA RECURRIDA DERIVE DE UNA EJECUTORIA ANTERIOR EN LA QUE NO SE DEJÓ LIBERTAD DE JURISDICCIÓN A LA SALA RESPONSABLE ."

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