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2a./J. 162/2013 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Común

INCONFORMIDAD CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DECLARA CUMPLIDA UNA SENTENCIA DE AMPARO. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO NO ESTÁ OBLIGADO A EXAMINAR SU LEGALIDAD, SI AQUÉLLA SE INTERPUSO EXTEMPORÁNEAMENTE.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo II; Pág. 1511

Precedentes

Contradicción de tesis 363/2013. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito y Segundo en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 21 de noviembre de 2013. Cinco votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Amalia Tecona Silva. Tesis de jurisprudencia 162/2013 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintisiete de noviembre de dos mil trece.