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IV.1o.A. J/7 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

NÓMINAS. EL AUMENTO DE LA TASA O TARIFA DE ESE IMPUESTO, ESTABLECIDA EN EL DECRETO 037, PUBLICADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012, QUE REFORMÓ EL ARTÍCULO 157 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ES INCONSTITUCIONAL POR VIOLACIÓN AL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO QUE LE DIO ORIGEN.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 1729

Precedentes

Amparo en revisión 202/2013. Compañía Topo Chico, S. de R.L. de C.V. y otras. 30 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Ana María de la Rosa Galindo. Amparo en revisión 195/2013. Creative Multilingual Strategies, S.A. de C.V. 10 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Elsa Patricia Espinoza Salas. Amparo en revisión 219/2013. Concretos Asfálticos, S.A. de C.V. 10 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretario: Juan Fernando Alvarado López. Amparo en revisión 221/2013. Servicios Administrativos Vigia, S.A. de C.V. 10 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Elsa Patricia Espinoza Salas. Amparo en revisión 21/2014. Consejero Jurídico del Gobernador del Estado de Nuevo León y otro. 10 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Ana María de la Rosa Galindo.