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(I Región)4o. J/2 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

AMPARO DIRECTO. ES IMPROCEDENTE EL PROMOVIDO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 170, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE LA MATERIA, CONTRA UNA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO QUE DECLARÓ LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, INDEPENDIENTEMENTE DE SI ÉSTA ES TOTAL, PARCIAL O PARA EFECTOS.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1399

Precedentes

Amparo directo 65/2014 (cuaderno auxiliar 363/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal. Comercialización Internacional de Tampico, S.A. de C.V. 10 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías. Secretaria: Lucía Melo Ávila. Amparo directo 159/2014 (cuaderno auxiliar 467/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal. Comercialización Internacional de Tampico, S.A. de C.V. 24 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías. Secretaria: Lucía Melo Ávila. Amparo directo 173/2014 (cuaderno auxiliar 469/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal. Odilia Carballo Pacheco. 2 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Fabián García Miranda, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Susana Laura Rojas Castro. Amparo directo 175/2014 (cuaderno auxiliar 470/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal. Roberto Margarito Caamaño Vidrancos. 9 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Alberto Arriaga Farías. Secretaria: Joanna Karina Perea Cano. Amparo directo 82/2014 (cuaderno auxiliar 462/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal. 15 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Fabián García Miranda, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Manuel Torres Cuéllar. Nota: La presente tesis aborda el mismo tema que la diversa IV.2o.A. J/9 (10a.), de título y subtítulo: "AMPARO DIRECTO. LA SATISFACCIÓN DE TODOS LOS REQUISITOS QUE INTEGRAN EL SUPUESTO EXCEPCIONAL DE SU PROCEDENCIA CONFORME AL ARTÍCULO 170, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE LA MATERIA, DEBE EXIGIRSE EN TODOS LOS CASOS, PUESTO QUE LA TÉCNICA DE ESTUDIO EN ESA HIPÓTESIS ESPECIAL NO PUEDE SOSLAYARSE BAJO UN PRETENDIDO CONTROL DE CONVENCIONALIDAD NI EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO PRO PERSONA." y que las sentencias dictadas por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, en apoyo del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, en los amparos directos 705/2013 (cuaderno auxiliar 1126/2013), 770/2013 (cuaderno auxiliar 5/2014), 675/2013 (cuaderno auxiliar 1032/2013), 827/2013 (cuaderno auxiliar 618/2013), y en los recursos de reclamación 23/2013 y 26/2013, respectivamente, que son objeto de las denuncias relativas a las contradicciones de tesis 62/2014, 47/2014, 461/2013, 459/2013 y 442/2013, pendientes de resolverse por la Segunda Sala.

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