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(III Región)4o.44 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

REPRESENTACIÓN DE MENORES DE EDAD EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PREVIO A ADMITIR O DESECHAR LA DEMANDA, LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA DEBEN PREVENIR AL PROMOVENTE PARA QUE ACLARE LA IMPRECISIÓN RELATIVA, A FIN DE HACER EFECTIVO EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014; Tomo II; Pág. 1288

Precedentes

Amparo directo 293/2013 (cuaderno auxiliar 194/2014) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco. Yasir Sadat Macías Tafolla y otra. 8 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Abel Ascencio López, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Erika Estaraneta Molina.

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