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2a./J. 78/2014 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. ES PROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO REGULADO EN LOS ARTÍCULOS 150 Y 153 DE LA LEY ADUANERA.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo II; Pág. 965

Precedentes

Contradicción de tesis 76/2014. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito y el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 4 de junio de 2014. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales. Ausente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: Aurelio Damián Magaña. Tesis y criterio contendientes: Tesis I.9o.A.2 A (10a.), de rubro: "REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CONTRA RESOLUCIONES RELATIVAS A CRÉDITOS FISCALES DETERMINADOS CON MOTIVO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA.", aprobada por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro IV, Tomo 5, enero de 2012, página 4656, y El sustentado por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver la revisión fiscal 73/2013. Tesis de jurisprudencia 78/2014 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de junio de dos mil catorce.