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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2007694

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 5 de octubre de 2023, el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, declaró inexistente la contradicción de criterios 71/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en razón de ambos órganos jurisdiccionales en sus ejercicios interpretativos, sus consideraciones y argumentos en el mismo tema, no tuvieron discrepancia.

III.1o.C.5 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2007694
Clave de tesis
III.1o.C.5 K (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2789
Publicación
2014-10-17

AMPARO ADHESIVO. AL ACTUALIZARSE UN MOTIVO DE SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO PRINCIPAL, DEBE DECLARARSE SIN MATERIA, NO OBSTANTE QUE SE HAGAN VALER VIOLACIONES PROCESALES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2789

Precedentes

Amparo directo 5/2014. Agustín López Amaral y otro. 10 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretaria: Ana Carmina Orozco Barajas. Nota: Por ejecutoria del 5 de octubre de 2023, el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, declaró inexistente la contradicción de criterios 71/2023, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en razón de ambos órganos jurisdiccionales en sus ejercicios interpretativos, sus consideraciones y argumentos en el mismo tema, no tuvieron discrepancia.

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Registro digital (IUS): 2007694 · Publicación: 2014-10-17