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PC.III.P. J/2 P (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoPenal

LESIONES Y DAÑOS EN LAS COSAS A TÍTULO DE CULPA. PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 50 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO, ESTOS DELITOS SON PERSEGUIBLES POR QUERELLA DE PARTE OFENDIDA SI CON LA MISMA CONDUCTA SE CAUSAN AMBOS RESULTADOS.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 13, Diciembre de 2014; Tomo I; Pág. 575

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Penal del Tercer Circuito. 29 de septiembre de 2014. Unanimidad de tres votos de los Magistrados José Félix Dávalos Dávalos, Óscar Vázquez Marín y Mario Alberto Flores García. Ponente: Mario Alberto Flores García. Secretario: Luis Nahín Méndez Anota. Tesis y/o criterios contendientes: Tesis III.1o.P.45 P, de rubro: "LESIONES Y DAÑOS EN LAS COSAS, A TÍTULO DE CULPA. SI CON LA MISMA CONDUCTA SE COMETEN AMBOS DELITOS, SON PERSEGUIBLES DE OFICIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).", aprobada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, marzo 2002, página 1377, y el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 275/2013.

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