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PC.XXX. J/10 K (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

SENTENCIA QUE DECIDE DOS O MÁS ACCIONES O CUESTIONES JURÍDICAS EN EL MISMO DOCUMENTO. FORMA DE IMPUGNARLA, TANTO EN EL SUPUESTO DE QUE AQUÉLLAS ESTÉN ESTRECHAMENTE VINCULADAS O QUE UNA ACCIÓN DEPENDA DE OTRA, COMO CUANDO DICHAS ACCIONES SEAN AUTÓNOMAS O INDEPENDIENTES ENTRE SÍ.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo II; Pág. 2079

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos del Trigésimo Circuito. 28 de noviembre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados Álvaro Ovalle Álvarez, Esteban Álvarez Troncoso, Lucila Castelán Rueda y Miguel Ángel Alvarado Servín. Disidentes: Silverio Rodríguez Carrillo y José Luis Rodríguez Santillán. Ponente: Miguel Ángel Alvarado Servín. Secretario: Luis Alberto Márquez Pedroza Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo, al resolver el amparo directo 631/2013, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, al resolver los amparos directos 1029/2010 y 702/2013. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 17/99 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo lX, mayo de 1999, página 143.

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