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I.2o.A.15 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO EN MATERIA AGRARIA. CUANDO LA SENTENCIA RECLAMADA REQUIERA DE EJECUCIÓN MATERIAL, CORRESPONDE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DE ÉSTA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo III; Pág. 2539

Precedentes

Amparo directo 539/2014. Poblado San Martín de Zula, Municipio de Ocotlán, Jalisco. 8 de octubre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Figueroa Carro, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Pedro Enrique Díaz Pacheco.

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