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IV.2o.A.78 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA INTERLOCUTORIA QUE DECLARA INFUNDADA LA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA EN UN JUICIO AGRARIO [APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA P./J. 37/2014 (10a.)].

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III ; Pág. 2328

Precedentes

Queja 331/2014. Jefe de la Unidad Jurídica de la Dirección Regional Noreste y Sierra Madre Oriental de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 4 de diciembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Carlos Rodríguez Navarro. Secretario: Eucario Adame Pérez. Nota: Esta tesis aborda el mismo tema que las sentencias dictadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver los recursos de queja 23/2014 y 41/2013 y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, al resolver el recurso de queja 16/2014, que son objeto de las denuncias relativas a las contradicciones de tesis 202/2014 y 216/2014, pendientes de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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