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PC.XV. J/14 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común
Registro digital (IUS)
2010516
Clave de tesis
PC.XV. J/14 A (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
Plenos de Circuito
Materia
Administrativa, Común
Fuente
[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1574
Publicación
2015-11-27

AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NO TIENE ESE CARÁCTER UNA UNIVERSIDAD PRIVADA CUANDO IMPIDE QUE SUS ALUMNOS REALICEN SUS EVALUACIONES MENSUALES Y SE REINSCRIBAN AL SIGUIENTE SEMESTRE ESCOLAR ANTE LA FALTA DE PAGO DE COLEGIATURAS.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1574

Precedentes

Contradicción de tesis 10/2014. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito y el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur. 22 de septiembre de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados Isabel Iliana Reyes Muñiz, Graciela Margarita Landa Durán, David Guerrero Espriú e Inosencio del Prado Morales. Disidentes: Gustavo Gallegos Morales y Salvador Tapia García. Ponente: Isabel Iliana Reyes Muñiz. Secretario: Sergio Javier Coss Trueba. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 98/2014, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur, al resolver los amparos en revisión 78/2014 y 79/2014.

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Registro digital (IUS): 2010516 · Publicación: 2015-11-27