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PC.XXII. J/4 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

ALIMENTOS VENCIDOS. FORMA EN QUE OPERAN EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y EL ESTÁNDAR DE PRUEBA CUANDO AQUÉLLOS DERIVAN DE UN ADEUDO CONTRAÍDO POR LOS ACREEDORES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 27, Febrero de 2016; Tomo II ; Pág. 991

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto, ambos del Vigésimo Segundo Circuito. 29 de septiembre de 2015. Unanimidad de cuatro votos de los Magistrados Carlos Hinostrosa Rojas, Alma Rosa Díaz Mora, Fernando Reza Saldaña y Ramiro Rodríguez Pérez. Ponente: Fernando Reza Saldaña. Encargado del engrose: Ramiro Rodríguez Pérez. Secretario: Ramsés Samael Montoya Camarena. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 524/2014, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 130/2015. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 4/2015, resuelta por el Pleno del Vigésimo Segundo Circuito.