Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.XXII. J/4 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

ALIMENTOS VENCIDOS. FORMA EN QUE OPERAN EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y EL ESTÁNDAR DE PRUEBA CUANDO AQUÉLLOS DERIVAN DE UN ADEUDO CONTRAÍDO POR LOS ACREEDORES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo III; Pág. 1809

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto del Vigésimo Segundo Circuito. 29 de septiembre de 2015. Unanimidad de cuatro votos de los Magistrados Carlos Hinostrosa Rojas, Alma Rosa Díaz Mora, Fernando Reza Saldaña y Ramiro Rodríguez Pérez. Ponente: Fernando Reza Saldaña. Secretario: Ramsés Samuel Montoya Camarena. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 524/2014, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, al resolver el amparo directo 130/2015. Nota: En términos del considerando segundo de la sentencia que recayó a la aclaración de sentencia y jurisprudencia derivadas de la contradicción de tesis 4/2015, se aclaró de oficio la jurisprudencia PC.XXII. J/4 C (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 19 de febrero de 2016 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 27, Tomo II, febrero de 2016, página 991, para quedar en los términos que aquí se establecen.