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I.1o.A.E.116 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

TELECOMUNICACIONES. LA EMISIÓN DE UNA DECLARATORIA DE PODER SUSTANCIAL EN EL MERCADO CONTRA UN AGENTE ECONÓMICO NO IMPLICA, NECESARIAMENTE, LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE PREVÉN LA FACULTAD DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Y DE LA EXTINTA COMISIÓN FEDERAL RELATIVA PARA IMPONER OBLIGACIONES ESPECÍFICAS RELACIONADAS CON TARIFAS, CALIDAD DEL SERVICIO E INFORMACIÓN A LOS CONCESIONARIOS DE REDES PÚBLICAS DE LA MATERIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 27, Febrero de 2016; Tomo III; Pág. 2225

Precedentes

Amparo en revisión 90/2015. Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones y otros. 5 de noviembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Patricio González-Loyola Pérez. Secretario: Mario Jiménez Jiménez. Nota: Con motivo de la entrada en vigor del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se cambia la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México en todo su cuerpo normativo, la denominación actual del órgano emisor es la de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República.