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PC.III.C. J/21 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

DERECHO DEL TANTO. EL HECHO DE QUE EN EL PROCEDIMIENTO DE REMATE SE HUBIESE CONSUMADO LA VENTA JUDICIAL SIN RESPETARSE AQUÉL Y EL COPROPIETARIO TERCERO EXTRAÑO TENGA A SU ALCANCE LA ACCIÓN DE RETRACTO PARA RECLAMARLO, NO IMPIDE QUE PUEDA CONCEDERSE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL SOLICITADA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Julio de 2016; Tomo II; Pág. 1062

Precedentes

Contradicción de tesis 20/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Quinto, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 31 de mayo de 2016. Unanimidad de cinco votos de la Magistrada Martha Leticia Muro Arellano, y de los Magistrados Víctor Manuel Flores Jiménez, Arturo Barocio Villalobos, Jaime Julio López Beltrán y Luis Núñez Sandoval. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretaria: María Elena Ruiz Martínez. Criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 335/2015, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver los amparos en revisión 398/2013 y 76/2014. Nota: Por ejecutoria del 13 de febrero de 2019, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 372/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 422/2022, resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis de jurisprudencia 1a./J. 35/2024 (11a.), de rubro: "JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES PROCEDENTE EL PROMOVIDO POR UNA PERSONA TERCERA EXTRAÑA A JUICIO EN SU CARÁCTER DE COPROPIETARIA CONTRA LA ADJUDICACIÓN DE UN INMUEBLE EN EL PROCEDIMIENTO DE REMATE EN EL QUE NO SE LE RESPETÓ EL DERECHO DEL TANTO, SIN QUE PREVIAMENTE DEBA AGOTAR LA ACCIÓN DE RETRACTO."