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XVII.2o.P.A.18 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 150, PÁRRAFO CUARTO, DE LA LEY ADUANERA. EL VISTO BUENO DEL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA PARA QUE SE REALICE, SÓLO ES NECESARIO CUANDO SE ACTUALIZA LA ÚLTIMA HIPÓTESIS DE ESA PORCIÓN NORMATIVA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Julio de 2016; Tomo III; Pág. 2173

Precedentes

Amparo directo 29/2016. 27 de abril de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Natalia López López, secretaria de tribunal autorizada para desempeñar las funciones de Magistrada, en términos de los artículos 26, párrafo segundo y 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Secretaria: Ana Elsa Villalobos González.

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