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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de diciembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 103/2008-PS en que participó el presente criterio.

IV.3o.16 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
201274
Clave de tesis
IV.3o.16 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 619

SUSPENSION. CONTRAFIANZA ADMISIBLE TRATANDOSE DE SENTENCIAS DE JUICIO INTERDICTAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 619

Precedentes

Queja 4/96. Roberto Campos Alonso. 16 de abril de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de diciembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 103/2008-PS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 201274