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VII.2o.T.1 K (12a.)Tesis Aislada12a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSIÓN EN AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CON EFECTOS RESTITUTORIOS CONTRA LA OMISIÓN DE UNA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DE TRAMITAR UN EXPEDIENTE PARAPROCESAL.

[TA]; 12a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Abril de 2026; Tomo II, Volumen 2; Pág. 1297

Precedentes

Queja 18/2026. 3 de febrero de 2026. Unanimidad de votos de los Magistrados Adolfo Eduardo Serrano Ruiz, Jorge Toss Capistrán y Juan Carlos Moreno Correa. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera. Nota: La sentencia relativa a la contradicción de criterios 338/2022 y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 22/2023 (11a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 16 de junio de 2023 a las 10:22 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 26, Tomo V, junio de 2023, páginas 4455 y 4497, con números de registro digital: 31535 y 2026730, respectivamente.