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PC.III.L. J/15 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

TIEMPO EXTRAORDINARIO LABORADO POR SERVIDORES PÚBLICOS DE AGENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO FORÁNEAS DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE JALISCO. NO PUEDE CONSIDERARSE INVEROSÍMIL LA PRETENSIÓN DE SU PAGO CUANDO DERIVE DE GUARDIAS QUE IMPLICAN ESTAR A DISPOSICIÓN DE LA FUENTE DE TRABAJO DURANTE UNA SEMANA AL MES, SEGUIDA DE PERIODOS EN LOS QUE SE CUBRE ÚNICAMENTE LA JORNADA ORDINARIA, POR RESULTAR ACORDES CON LA NATURALEZA HUMANA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Octubre de 2016; Tomo III; Pág. 2448

Precedentes

Contradicción de tesis 11/2015. Entre las sustentadas por el Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 31 de agosto de 2016. Mayoría de tres votos de los Magistrados Antonio Valdivia Hernández, José de Jesús Bañales Sánchez y Armando Ernesto Pérez Hurtado. Disidente: Rodolfo Castro León. Ponente: Antonio Valdivia Hernández. Secretarios: Yuridia Arias Álvarez y Cuauhtémoc Montejo Rosas. Criterios contendientes: El sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, al resolver los amparos directos 409/2015 y 733/2015 (cuadernos auxiliares 653/2015 y 857/2015), y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 574/2014.

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