Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
1a./J. 45/2016 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

PRISIÓN PREVENTIVA. CUANDO SE DECRETE UN CONCURSO REAL DE DELITOS DENTRO DE UN SOLO PROCESO PENAL, DEBE DESCONTARSE EL TIEMPO DE AQUÉLLA AL TOTAL QUE RESULTE DE LA SUMATORIA DE LAS PENAS DE PRISIÓN QUE CORRESPONDAN POR CADA DELITO Y NO A CADA UNA DE ÉSTAS EN LO INDIVIDUAL.

[J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 36, Noviembre de 2016; Tomo II; Pág. 874

Precedentes

Contradicción de tesis 171/2015. Suscitada entre el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito. 13 de julio de 2016. Mayoría de tres votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho para formular voto particular y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Arturo Bárcena Zubieta. Criterios contendientes: El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 315/2014, sostuvo que conforme al artículo 64 del Código Penal Federal, el tiempo que el sentenciado permaneció en prisión preventiva debe descontarse no en relación con las penas impuestas respecto de cada delito que cometió, sino únicamente respecto de la pena total a que fue condenado, es decir, a los años de prisión a que se le castigó en forma global. El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito, al resolver el amparo en revisión 82/2011, determinó revocar el sobreseimiento decretado por el Tribunal Unitario, toda vez que en acatamiento a lo dispuesto en los artículos 20, apartado A, tercer párrafo, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25 y 64 del Código Penal Federal, tratándose de penas privativas de libertad, es procedente que el Juez de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales del Estado de México, al momento de dictar la sentencia, realice la compurgación simultánea de la prisión preventiva en cada una de las penas privativas de libertad impuestas al sentenciado en una causa penal. Tesis de jurisprudencia 45/2016 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.

→ Más tesis en materia penal