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XXVII.3o.29 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
2013344
Clave de tesis
XXVII.3o.29 A (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 37, Diciembre de 2016; Tomo II; Pág. 1839
Publicación
2016-12-09

PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN DE DERECHO AMBIENTAL. LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEBE APLICARLO EN EL PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA POPULAR, EN CASO DE QUE ADVIERTA PELIGRO DE DAÑO GRAVE O IRREVERSIBLE.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 37, Diciembre de 2016; Tomo II; Pág. 1839

Precedentes

Amparo en revisión 261/2016. Enrique Cano Estrada y otros. 4 de agosto de 2016. Mayoría de votos, unanimidad en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidente: Jorge Mercado Mejía, quien manifestó que si bien coincide con las consideraciones de la ejecutoria, en el caso se debió reponer el procedimiento de amparo. Ponente: Édgar Bruno Castrezana Moro, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Araceli Hernández Cruz.

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Registro digital (IUS): 2013344 · Publicación: 2016-12-09