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(IV Región)2o.8 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS PREVISTA EN LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO DE TABASCO. LA AFECTACIÓN QUE LA ORIGINA DEBE ACREDITARSE INCIDENTALMENTE, UNA VEZ QUE CAUSE ESTADO LA SENTENCIA EN LA QUE SE DECLARE LA ILEGALIDAD DEL ACTO IMPUGNADO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo IV; Pág. 2719

Precedentes

Amparo directo 581/2015 (cuaderno auxiliar 848/2015) del índice del Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa de Enríquez, Veracruz. María Nelly Gómez Cárdenas. 25 de agosto de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo Eduardo Serrano Ruiz. Secretario: José Antonio Belda Rodríguez.

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